Si eres propietario o está en tus planes serlo debes saber qué es el Impuesto Predial. ¿Todavía no lo sabes? Si tienes una vivienda propia es importante que prestes atención a este artículo porque esta es una de tus obligaciones como propietario de una vivienda en Perú.
El impuesto predial es una unidad de tributo anual que grava el valor de un terreno, sea este rural o urbano. Se debe cancelar en el municipio distrital donde está ubicado el predio de la propiedad. Este pago aplica igualmente para los terrenos ganados al mar, los ríos y edificaciones que van a formar parte del predio.
Ya que sabemos qué es el impuesto predial, debemos estar seguros de que entendemos qué es un predio. En Perú se va a considerar un predio a lo siguiente:
A los predios se le califican como:
El impuesto predial es recaudado por la municipalidad distrital a la que corresponda, según la ubicación del terreno. Para calcularla hay que basarse en la declaración jurada del autoavalúo que el contribuyente presentó en la misma municipalidad cuando registró la vivienda o propiedad.
En esta declaración se encontrarán especificadas las características del predio, entre ellas:
Para calcular el impuesto predial se debe aplicar a la base imponible, es decir al valor total de los predios, una escala progresiva acumulativa:
Autovalúo / Alícuota
Para hacer este cálculo más fácil, veamos este caso hipotético:
Se tiene un predio con un valor de S/270,000.00 A los primeros S/64,501.00 o 15 Unidades Impositivas Tributarias se le aplicará la tasa de 0.2%
Después, entre los 64,501.00 y S/258,000.00 (15 UIT hasta 60 UIT) le va a corresponder la tasa del 0,6 %. Al resto, se le aplicará la tasa del uno por ciento.
Por lo que:
Sumando los montos anteriores, los impuestos que deben ser cancelados ante la municipalidad distrital serán, en este caso hipotético: 1,409.00 soles.
El pago del impuesto predial se debe hacer en la municipalidad distrital en donde esté ubicado el predio. Aunque este impuesto es anual podría ser fraccionado en cuatro fechas de pagos, que serían en los meses de febrero, abril, agosto y noviembre. En el Cercado de Lima el pago se hará por el SAT.
En caso de haber comprado un predio, el nuevo propietario tendrá hasta el último día hábil de febrero del siguiente año para declarar el bien. En caso de no declararlo, cometería una infracción que puede ser de hasta 40 por ciento del UIT, para los naturales, y 100 por ciento para las personas jurídicas.
El Servicio de Administración Tributaria señala que los contribuyentes de este impuesto son las personas, sean jurídicas o naturales, que al primero de enero de cada año sea propietario de un predio gravado.
Los copropietarios, por su parte, tienen la obligación de comunicar a la municipalidad correspondiente la parte que le corresponde del predio. La municipalidad en este caso podría exigir el pago total del impuesto.
Son exonerados del pago del impuesto predial los gobiernos, sociedades benéficas, instituciones religiosas, centros de educación, cuerpos de seguridad, universidades, personas que sean dueñas de una sola propiedad y que reciba una pensión igual o menor a una UIT al mes. Quienes cumplan con estas características deben tramitar la exoneración ante la municipalidad que le corresponda.
Conocer cada una de las responsabilidades que se deben asumir como propietario te preparará en el proceso de compra de una vivienda. Ahora que ya sabes cuándo y cuánto deberás pagar por impuestos, es momento de buscar ese departamento que quieres. En Edificaciones Inmobiliaria tenemos unas propuestas sorprendentes que te encantarán, ¡visita las oportunidades disponibles y contacta a nuestros asesores!
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